Medidas extraordinarias en FPE en programación 2021
El Servicio Canario de empleo publicó el 27 de enero de 2021 la Resolución de la presidencia del SCE por la que se mantienen y se adoptan, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias en materia de Formación Profesional para el Empleo relativas a la situación actual en relación con el coronavirus (COVID-19).
Esta resolución viene a confirmar y actualizar las medidas que ya se adoptaron en 2020 a raíz de la situación de confinamiento generada por la pandemia de la COVID19, y que obligaron a encontrar fórmulas alternativas a la presencialidad. En esta ocasión, y en virtud de la “persistencia de los efectos negativos de la situación de emergencia sanitaria causada por la Covid-19”, el Servicio Canario de Empleo establece medidas “extraordinarias de flexibilización en materia de formación profesional para el empleo” tales como:
Utilización de aula virtual como formación presencial. En estos casos la formación se considerará como “presencial” y deberá asegurarse que el aula virtual permite la interacción concurrente de tutor-formador y alumnado, en tiempo real, a través de un sistema de comunicación telemático de carácter síncrono. “La impartición de la formación mediante aula virtual se ha de estructurar y organizar de forma que se garantice en todo momento que exista conectividad sincronizada entre las personas formadoras y el alumnado participante así como bidireccionalidad en las comunicaciones”
Teleformación. Se da la posibilidad de cambiar la modalidad presencial a Teleformación (distinta de la presencial mediante aula virtual) “siempre que dicha modalidad de teleformación figurara en el Catálogo de Especialidades Formativas del Servicio Público de Empleo Estatal” y, además, que “la entidad que imparta la formación deberá estar acreditada o inscrita para impartir la formación en la modalidad de teleformación para la respectiva especialidad”
En ambos casos, y en el resto de medidas adoptadas, es necesario garantizar la cobertura de los contenidos y capacidades establecidos para cada especialidad formativa, incluidas aquellas conducentes a la obtención de Certificados de Profesionalidad.
La impartición, en la modalidad presencial, de las acciones formativas de formación profesional para el empleo, podrá impartirse de acuerdo con lo que se establezca en las normas aprobadas por el Ministerio de Sanidad, o en su caso por la Comunidad Autónoma de Canarias, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma. En todo caso, se deberán respetar las medidas previstas en dichas normas de higiene y prevención para el personal trabajador y el alumnado, las adecuadas medidas de distancia interpersonal y protección colectiva e individual, y las medidas para prevenir el riesgo de coincidencia masiva de personas en el ámbito laboral establecidas.
Del mismo modo, el pasado mes de diciembre se publicó la resolución (18 de diciembre de 2020), del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas”.
Por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se considera que, si bien no se ha recogido de forma expresa por las autoridades sanitarias en todos los supuestos, por las mismas razones de prevención, se debe establecer esta medida de suspensión de las actividades de los centros y entidades formativas en materia de FPE que imparten acciones formativas de FPE en modalidad presencial, así como en la parte presencial en la modalidad de teleformación.
Fundae - Medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de FPE Tweet
Infografía realizada por FUNDAE